Niños, niñas y adolescentes en las relaciones de consumo
Palabras clave:
consumidor; hipervulnerable; proceso administrativo.Resumen
El Estado nacional, a través de la Resolución 236/21, reconoce la participación de los niños, niñas y adolescentes en los procesos administrativos, especialmente en aquellos relacionados con las relaciones de consumo en las que se les considera sujetos protagónicos. Esta resolución está en línea con la Observación General 16 del Comité de los Derechos del Niño de la ONU, que establece
que los niños tienen derecho a ser escuchados en los procedimientos judiciales y administrativos que involucren a empresas. La Resolución 236/21 establece herramientas para que los derechos y
garantías reconocidos puedan ejercerse efectivamente en las relaciones de consumo y reconoce a los niños como sujetos especialísimos de derecho. La participación de los padres y representantes
legales es fundamental para facilitar el ejercicio de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, pero la resolución busca incluir a todas las partes involucradas para enriquecer las relaciones
sociales.
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