Partición en vida: estudio comparado entre Colombia y Argentina
Palabras clave:
partición en vida; sucesiones; derecho civil; autonomía de la voluntad; herederos forzosos.Resumen
La sanción de la Ley n.° 1564 (Código General del Proceso) en el año 2012 marcó un hito en el derecho sucesorio colombiano al introducir la figura de la partición en vida. Este mecanismo permite al titular del patrimonio anticipar la distribución de sus bienes entre los herederos forzosos, pero al mismo tiempo respeta la porción legítima y el orden público sucesorio. La institución busca mitigar conflictos futuros y organizar la sucesión conforme a la voluntad del causante, sin desconocer las restricciones impuestas por la ley. Con este trabajo buscamos destacar la importancia de debatir la implementación de figuras similares en Argentina, ante el contexto de envejecimiento poblacional y la creciente complejidad de los patrimonios familiares, donde la transparencia y la equidad sucesoria son prioritarias.
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Citas
Argentina. Código Civil y Comercial de la Nación (2015).
Colombia, Corte Constitucional, Sentencia C-683, 10 de septiembre de 2014, Mauricio González Cuervo, Expediente D 10113.
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