La oralidad como garantía de debido proceso: su reconocimiento en el proceso civil uruguayo

Autores/as

  • Cecilia Barnech Cuervo UCU

Palabras clave:

proceso civil, debido proceso, oralidad, desafíos

Resumen

El trabajo pretende cumplir con dos objetivos. Por un lado, plantea una breve perspectiva de la oralidad como garantía del debido proceso. Por otro lado, presenta una síntesis de su reconocimiento en el sistema procesal civil uruguayo: sus mecanismos adecuados de fortalecimiento, pero, también, expone algunas debilidades a resolver, así como nuevos desafíos que deberán ser enfrentados a la brevedad.

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Biografía del autor/a

Cecilia Barnech Cuervo , UCU

Profesora de Idioma Español, IPA, Uruguay. Abogada. Magíster en Derecho, UCU, Uruguay.
Doctoranda en Ciencias Jurídicas, UCA, Argentina. Docente de Derecho Procesal, UCU. Investigadora
en proyecto IUS, UCA. Integrante del grupo de investigación Derecho y Literatura GRIDELuy.
mbarnech@hotmail.com ORCID: 0000-0002-5096-4372

Citas

Código General del Proceso (1988). Ley 15982 y modificativas. Fundación de Cultura Universitaria.

Colmenares Uribe, C. (2009). El proceso por audiencia y oralidad. Revista de la Maestría en Derecho Procesal, 3(1).

Couture, E. (1945). Proyecto de Código de Procedimiento Civil. Impresora uruguaya.

Cumbre Judicial Iberoamericana (2008). Declaración de Brasilia.

Han, B-Ch (2023) La crisis de la narración. Herder Editorial.

Pereira Campos, S. (2008). El proceso civil ordinario por audiencias: La experiencia uruguaya en la reforma procesal civil. Modelo teórico y relevamiento empírico. Amalio Fernández.

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Publicado

2025-07-14

Cómo citar

Barnech Cuervo , C. (2025). La oralidad como garantía de debido proceso: su reconocimiento en el proceso civil uruguayo . Perspectivas, (12). Recuperado a partir de http://revistas.ucalp.edu.ar/index.php/Perspectivas/article/view/439